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Aviso
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Es el trámite a través del cual la Dirección General Marítima reconoce a los siguientes Oficiales:
Oficial de Protección de la Instalación Portuaria: es la persona designada por la Instalación Portuaria para gestionar, mantener y evaluar continuamente el Plan de Protección de la Instalación Portuaria. Igualmente, estará encargado de la coordianción con los Oficiales de Protección del Buque.
Oficial de Protección del Buque: es la persona designada por la compañía para gestionar, mantener y evaluar continuamente el Plan de Proteccion del buque. Igualmente, estará encargado de la coordianción con los Oficiales de Protección de las Instalaciones Portuarias.
Oficial de la Compañía para la Protección Marítima: es la persona designada por la compañía para garantizar y coordinar el diseño, aprobación e implementación del Plan de Protección en el buque o buques de la misma.
NOTA: La solicitud para reconocimiento de Oficial de Protección, en ninguno de los casos puede hacerse a título personal, debe ser solicitado por la Compañía Marítima o Instalación Portuaria.
Requisitos
Dominio del idioma inglés técnico marítimo
No estar incurso en algún impedimento o inhabilidad constitucional o legal y/o sanción profesional
No presentar Antecedentes policiales, judiciales ni disciplinarios.
Realizar el pago del valor del trámite
Al realizar el trámite en línea a través de la Sede Electrónica, el pago se debe realizar a través del botón "Pagar" que se presenta.
Si el trámite se realiza presencialmente, se debe presentar el comprobante de liquidación y pago respectivo si el trámite tiene costo.
Documentación a aportar
Oficial de Protección de la Instalación Portuaria. Oficial de Protección de la Instalación Portuaria
Acreditar experiencia (Bloqueante)
Acreditar experiencia mínima de 3 años en cargos relacionados con la operación de puertos y/o gestión de la seguridad de los mismos o título de especialización o postgrado en gerencia o manejo de sistemas de gestión o en seguridad.
Carta personal (Bloqueante)
Carta personal donde manifieste no estar en curso impedimento o inhabilidad constitucional o legal y/o sanción profesional.
Certificación curso OMI 3.21 (Bloqueante)
Certificación de aprobación del cuso modelo OMI 3.21 en protección marítima en las instituciones avaladas por la Dirección General Marítima, los cursos realizados en el exterior deberán ser homologados por la Autoridad Marítima Nacional.
Idioma Inglés (Bloqueante)
Acreditar dominio del idioma inglés.
Solicitud de Reconocimiento (Bloqueante)
Documento generado por parte de la Instalación Portuaria dirigida al Director General Marítimo, en la que se solicite reconocer como Oficial de Protección de la Instalación Portuaria a la persona que se relaciona en el mismo.
Título universitario (Bloqueante)
Título universitario expedido por una institución de educación superior debidamente reconocida por el ICFES.
Oficial de Protección del Buque. Oficial de Protección del Buque
Certificación curso OMI 3.19 (Bloqueante)
Certificación de aprobación del cuso modelo OMI 3.19 en protección marítima en las instituciones avaladas por la Dirección General Marítima, los cursos relaizados en el exterior deberán ser homologados por la Autoridad Marítima Nacional.
Libreta de embarque (Bloqueante)
Con mínimo tres (3) años de experiencia a bordo de buques.
Solicitud reconocimiento (Bloqueante)
Documento generado por parte de la Compañía Marítima dirigida al Director General Marítimo, en la que se solicite reconocer como Oficial de Protección del buque a la persona que se relaciona en el mismo.
Título de oficial de altura Categoría A (Bloqueante)
Copia del Título de oficial de altura Categoría "A" con mínimo tres (3) años de experiencia a bordo de buques.
Oficial de la Compañía para la Protección Marítima. Oficial de la Compañía para la Protección Marítima
Acreditar experiencia o capacitación (Bloqueante)
Acrediar experiencia mínima de un (1) año o capacitación en gerencia o manejo de sistemas de gestión y seguridad.
Carta personal (Bloqueante)
Carta personal donde manifieste no estar en curso impedimento o inhabilidad constitucional o legal y/o sanción profesional.
Certificación curso OMI 3.20 (Bloqueante)
Certificación de aprobación del cuso modelo OMI 3.20 en protección marítima en las insitituciones avaladas por la Dirección General Marítima, los cursos realizados en el exterior deberán ser homologados por la Autoridad Marítima Nacional.
Experiencia a bordo buque (Bloqueante)
Acreditar mínimo tres (3) años de experiencia a bordo de buques. Oficial retirado aportar certificación millas navegadas. Oficial Mercante aportar copia Libreta de Embarco.
Idioma inglés (Bloqueante)
Acreditar dominio del idioma inglés.
Oficial Naval (Bloqueante)
Certificar que es un Oficial Naval en uso de buen retiro u Oficial Mercante con título de Oficial de Altura Categoría "A", con mínimo tres (3) años de experiencia a bordo de buques.
Solicitud reconocimiento (Bloqueante)
Documento generado por parte de la Compañía Marítima dirigida al Director General Marítimo, en la que se solicite reconocer como Oficial de la Compañía para la Protección Marítima a la persona que se relaciona en el mismo.
Por medio de la cual se establecen las tarifas por algunos servicios que presta la Dirección General Marítima del Ministerio de Defensa Nacional” para las organizaciones de protección reconocidas.
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