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Aviso
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Permiso de Permanencia para Yates y Veleros de Bandera Extranjera
Obtener permiso para la operación en aguas jurisdiccionales colombianas de naves extranjeras (yates y veleros), dedicadas exclusivamente a actividades de recreación y deporte, fuera de cualquier actividad comercial de transporte.
Requisitos
Estar a paz y salvo con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- por concepto del régimen aduanero (cumplimiento de especificaciones o estándares)
Realizar el pago del valor del trámite
Al realizar el trámite en línea, el pago se debe realizar a través del botón "Pagar" que se presenta.
Documentación a aportar
Con carácter general, para todas las solicitudes
Certificado matrícula o patente (Bloqueante)
Certificado de matrícula o patente de navegación vigente de la nave del país de origen
Factura de pago (Bloqueante)
Paz y salvo DIAN (Bloqueante)
Estar a paz y salvo con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y verificar la vigencia del acto administrativo de la importación temporal de la nave emitido por la DIAN
Valor del trámite
Permiso de Permanencia para Yates y Veleros de Bandera Extranjera
Por medio de la cual se modifica la Parte 1 “Definiciones del REMAC 4 y se modifica el Título 1 Sistema Integrado de tráfico Y Transporte Marítimo (SITMAR) de la Parte 4 “Transporte Marítimo” del REMAC 4
“Por medio de la cual se incorporan unas definiciones a la Parte 1 y se adiciona el Capítulo 1A al Título 3 de la Parte 2 del REMAC 4: “Actividades Marítimas”, en lo concerniente al establecimiento del servicio de control de tráfico marítimo y fluvial en la jurisdicción de la Autoridad Marítima Nacional
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